Utilización de una oferta de compromiso para liquidar una factura de impuestos
Cómo liquidar una factura de impuestos con el IRS utilizando una oferta de compromiso: A veces es posible hacer borrón y cuenta nueva con un descuento enorme. Si usted califica para algo conocido como la oferta en compromiso, referido como una "oferta" o "OIC", el IRS aceptará menos de la cantidad que un contribuyente debe en una factura de impuestos y la llamará igualada.
No existe el derecho legal de que el IRS reduzca un proyecto de ley de impuestos válido - es enteramente un asunto de discreción del gobierno. Sin embargo, en todos los casos, excepto en unos pocos, el IRS debe al menos dar una consideración justa a la OCI debidamente presentada. En los últimos años, hasta el 40% de los OIC presentados fueron aceptados por el IRS, un porcentaje relativamente alto en comparación con años anteriores.
¿Califica usted para ser considerado por la OCI?
El mero hecho de querer hacer un trato con el IRS no es suficiente, a todos les gustaría que se redujera su factura de impuestos. Para calificar para la consideración de la OIC, usted debe demostrar al IRS que existe una de las siguientes condiciones:
- hay alguna duda sobre si el IRS puede cobrarle la factura de los impuestos, ahora o en un futuro previsible. El IRS llama a esto "duda en cuanto al cobro".
- debido a circunstancias excepcionales, el pago de la totalidad de su factura de impuestos causaría una "dificultad económica" o sería "injusto" o "injusto".
Hay otro suelo más raramente utilizado: "Duda en cuanto a la responsabilidad". Los contribuyentes que deseen proseguir con esto deben presentar el Formulario 656-L. Esta oferta se basa en la afirmación de que existen dudas en cuanto a si la deuda tributaria evaluada es correcta. Esta es una vía inusual y más difícil de seguir.
El IRS le recomienda que use su herramienta online pre-qualifer tool para determinar si usted es elegible para hacer una oferta de compromiso.
Proceso OIC
Presentar una oferta al IRS es un proceso formal, no puede simplemente llamar al IRS y decir "Hagamos un trato". Usted comienza completando el formulario 656 del IRS, Oferta de compromiso . Hay una cuota de solicitud de $186 para presentar una OIC, que usted debe adjuntar al Formulario 656. Usted podría estar exento del pago de la cuota si sus ingresos mensuales están por debajo de las pautas de pobreza. Si usted reclama la exención de las pautas de pobreza, debe presentar una Hoja de Trabajo de Tarifas de Solicitud del folleto del Formulario 656.
Como parte de la OIC, usted debe proporcionar información financiera detallada al IRS utilizando el Formulario 433-A (individuos) o el Formulario 433-B (empresas), Declaración de información de recolección . Si usted está casado y vive en un estado de bienes gananciales, el IRS puede solicitar que su Declaración de Información de Recolección incluya datos sobre su cónyuge, incluso si usted solo le debe al IRS. Tenga especial cuidado al rellenar correctamente este formulario si se toma en serio su OIC. El IRS examina las revelaciones que usted hace en este formulario mucho más de cerca cuando considera una OIC que cuando usted solicita pagar sus impuestos con un plan de pago a plazos.
Desventajas de enviar una OIC
Completar los formularios es sólo el principio. El IRS le pedirá balsas de documentación financiera - talones de pago, registros bancarios, registros de vehículos, y una miríada de otros artículos. Se trata de un proceso exhaustivo que requiere mucho tiempo. Algunos contribuyentes terminan presentando cajas llenas de documentos al IRS para apoyar su solicitud de la OIC.
Hay otro inconveniente en presentar una OIC. Si su OIC es rechazada, las revelaciones que usted hizo sobre sus activos le dan al IRS toda la información que necesita para acelerar sus esfuerzos de cobranza en su contra. Por esta razón, tiene sentido no presentar una oferta a menos que sea probable que sea aceptada.
Además, recuerde que los intereses siguen acumulándose durante la oferta en el proceso de negociación de compromiso, lo que significa que terminará debiendo más que nunca si finalmente no llega a un acuerdo.
¿Cuánto debe ofrecer?
Deberá seguir las instrucciones del Formulario 433 para obtener la cantidad mínima de la oferta. El IRS está interesado en su potencial razonable de cobranza basado en las revelaciones financieras que usted hace en el Formulario 433. Básicamente, su oferta debe ser igual:
- el "valor neto realizable" de sus activos, más
- su ingreso mensual excedente después de restar sus gastos mensuales de su ingreso mensual.
A continuación, multiplique esta cantidad por 12 ó 24, según el período de pago que elija (cinco meses o dos años). Siga las instrucciones del Formulario 433-A (OIC) para calcular y mostrarle al IRS cómo llegó a su oferta mínima.
Circunstancias especiales
¿Qué pasa si usted determina la cantidad de oferta requerida calculando el valor neto realizable de sus activos y sus ingresos futuros disponibles, y el resultado está muy por encima de su capacidad de pago? Considere hacer una oferta de todos modos (asumiendo que usted no está preocupado de que el IRS le quite cualquier activo que usted no reveló). El personal del IRS tiene cierto margen para aceptar menos dinero del que se requiere bajo la excepción de la administración tributaria efectiva (ETA) a las reglas de la OIC.
El IRS da consideración especial a las personas con enfermedades físicas o psicológicas. En particular, el IRS siempre ha favorecido las ofertas de personas con perspectivas financieras sombrías debido a la edad avanzada - más de 60 en particular. Y el IRS considerará el VIH o los problemas relacionados con las drogas o el alcohol, así como el problema de un miembro de la familia si tiene un efecto financiero perjudicial para usted.
La mejor manera de llamar la atención del IRS sobre circunstancias especiales es a través de una carta adjunta a su Declaración de Información de Recolección (Formulario 433-A). No tiene que ser formal o lujoso, sólo una o dos páginas contando tu historia de aflicción. También deberá adjuntar declaraciones de los médicos y registros médicos que indiquen su afección. Si los datos médicos no muestran cómo la afección le impide ganarse la vida ahora o en un futuro previsible, explique esto con sus propias palabras.
Si su oferta es rechazada, siga intentándolo
El IRS debe darle una explicación por escrito si su oferta no es aceptada. El IRS generalmente rechaza las ofertas de compromiso por una de dos razones:
- La oferta es demasiado baja.
- Usted es un personaje "notorio", por ejemplo, ha sido condenado por un delito grave.
Si la oferta es demasiado baja, la carta del IRS indicará qué cantidad es aceptable. También tiene derecho a una copia del informe que enumera los factores que causaron el rechazo. Pida una copia al IRS. Si el IRS no se lo da a usted, haga una solicitud bajo la Ley de Libertad de Información.
Después de averiguar por qué su oferta fue rechazada, vuelva a presentar su oferta. El oficial de ingresos o el oficial de procedimientos especiales podrían ayudarlo a encontrar una manera de hacer que su oferta sea aceptable.
No necesita presentar un nuevo Formulario 656 si presenta una nueva oferta dentro de un mes, si sus circunstancias financieras no han cambiado apreciablemente y si la nueva oferta no es radicalmente diferente de la anterior. En su lugar, escriba una carta. Indique que desea cambiar su oferta aumentando la cantidad de dinero en efectivo.
Para presentar una oferta significativamente diferente, debe completar otro Formulario 656.
Apelación de una oferta rechazada en un compromiso
Usted puede apelar formalmente una oferta rechazada en compromiso, o puede llamar a la persona que firmó la carta e intentar que cambie de opinión. A menudo, en lugar de enviar las apelaciones a la Oficina de Apelaciones, el IRS reconsiderará su oferta y entablará más negociaciones.
Para iniciar una apelación formal, presente el formulario 13711 del IRS Solicitud de apelación de oferta en compromiso dentro de los 30 días de la fecha de la carta de rechazo. Su apelación a una oferta rechazada en compromiso no será considerada seriamente a menos que todo lo siguiente sea cierto:
- usted proporcionó todos los datos solicitados por el IRS durante el procesamiento de su oferta
- ha presentado todas las declaraciones de impuestos anteriores y
- está al corriente en sus pagos de impuestos para el año en curso. Los trabajadores autónomos deben haber realizado todos los pagos de impuestos estimados trimestrales; los empleadores deben haber realizado todas las declaraciones y depósitos de impuestos sobre la nómina.
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