Evitar la repatriación

Si se determina que un extranjero tiene derecho a ser repatriado, podrá, siempre que cumpla los requisitos, solicitar una o más formas de facilitación para evitar tener que abandonar los Estados Unidos (también conocida como "deportación") Los tipos de exenciones generalmente se dividen en dos categorías: las exenciones discrecionales y las exenciones administrativas o judiciales. A continuación se indican algunos de los tipos de exenciones de ambas categorías que una persona puede utilizar para evitar la expulsión.

Poder discrecional

Durante el procedimiento de deportación, es posible un poder discrecional. La carga de la prueba recae en el extranjero que debe demostrar que tiene derecho a la exoneración en virtud de la ley y que merece esa exoneración como ejercicio de la discreción del juez de inmigración.

Cancelación de la repatriación

La cancelación de la devolución es una forma de renuncia disponible para los residentes permanentes legales calificados y los residentes no permanentes calificados. En virtud de esta prestación, la condición de una persona pasa de "deportable" a "legalmente admitida a la residencia permanente". Una solicitud de solicitud de asilo se hará durante una audiencia ante un juez de inmigración.

Asilo

En virtud de la Ley de Inmigración, se puede conceder asilo a un extranjero si cumple los requisitos para ser refugiado. El solicitante de asilo debe demostrar que no puede regresar a su país de origen porque ha sido perseguido en el pasado por su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social determinado u opinión política o tiene un temor fundado a ser perseguido en el futuro. Para presentar una solicitud de asilo, un extranjero debe presentar el formulario I-589 dentro de un año de su llegada a los Estados Unidos.

Ajuste de la situación

Se trata de una forma de renuncia en la que la situación de inmigración de una persona cambia de no inmigrante temporal a residente permanente mientras está en los Estados Unidos. A menudo, el cónyuge, otro miembro de la familia o un empleador solicitará un visado que permita ajustar el estatus. Los extranjeros que hayan cometido actos delictivos, no hayan comparecido en el juicio o no hayan podido salir del país después de habérseles concedido una salida voluntaria pueden no tener derecho a un ajuste de estatus.

Salida voluntaria

La salida voluntaria se considera a menudo como un último recurso. Permite a un extranjero salir de los EE.UU. sin una orden de deportación estigmatizante formal. El extranjero al que se le permite salir voluntariamente admite la repatriación, pero no se le prohíbe solicitar la admisión en un puerto de entrada en cualquier momento. Si un extranjero no se retira dentro del plazo establecido, se le impondrá una multa y se le prohibirá obtener diversas formas de exención de la deportación durante 10 años.

Renuncia administrativa/judicial

Una vez concluidas las audiencias de deportación, el extranjero tiene a su disposición formas de recurso administrativo y judicial. Estas formas de alivio son similares a la apelación, ya que tienen por objeto anular o impugnar una orden emitida por un juez de inmigración.

Apelaciones administrativas y revisión judicial

Si un extranjero o el DHS no está de acuerdo con la decisión de un juez de inmigración, puede apelar a la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) para anular la decisión del juez de inmigración. La BIA es un organismo administrativo con autoridad para interpretar la ley federal de inmigración. La BIA debe recibir una apelación contra la decisión de un juez de inmigración ($0027s) en un plazo de 30 días a partir de la fecha en que el tribunal emitió la decisión.

En virtud de las leyes de inmigración, los tribunales federales de apelación están facultados para conocer ciertas decisiones contra las que apela la BIA. Si un extranjero no está de acuerdo con las decisiones de la BIA$0027s, puede apelar a los tribunales federales. Un extranjero tiene 30 días a partir de la fecha de la orden de deportación definitiva para presentar un recurso ante el tribunal. El procedimiento para presentar una apelación es muy complejo y se debe consultar a un abogado de inmigración.

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